El acceso a la justicia debe ser una realidad tangible para todas las personas, especialmente para quienes han sido víctimas de delitos sexuales durante la infancia. Uno de los avances más significativos en el sistema jurídico mexicano es la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que establece la imprescriptibilidad de estos delitos.
Este criterio no solo representa un cambio técnico en la interpretación de la ley, sino que refleja una evolución en la forma en que el Estado mexicano reconoce y protege los derechos de la infancia.
¿Qué significa que un delito sea imprescriptible?
La prescripción es una figura legal que establece un límite de tiempo para que el Estado pueda ejercer la acción penal. Cuando hablamos de imprescriptibilidad, no existe un límite de tiempo para denunciar, investigar o sancionar un delito.
En el caso de los delitos sexuales contra menores, esta característica es especialmente relevante porque muchas víctimas enfrentan barreras emocionales, psicológicas y sociales que les impiden hablar sobre lo ocurrido durante largos períodos. El trauma, el miedo a represalias, la dependencia emocional o económica del agresor, y la falta de apoyo familiar o institucional perpetúan el silencio.
La imprescriptibilidad elimina el peso de la urgencia para denunciar, dando a las víctimas el espacio necesario para sanar y tomar decisiones informadas.
Desde la perspectiva del derecho familiar, es esencial destacar que en muchos casos el abuso sexual infantil ocurre dentro del entorno familiar, lo que agrava la situación de vulnerabilidad. La dependencia emocional, el miedo a romper relaciones familiares o la normalización de la violencia doméstica dificultan la denuncia.
Si usted o alguien cercano fue víctima de abuso sexual durante la infancia, la ley permite denunciar sin importar cuánto tiempo haya transcurrido. Nuestro equipo de defensa penal puede orientarlo sobre el procedimiento ante la Fiscalía General del Estado. Solicite una evaluación confidencial de su caso.
La postura de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
En febrero de 2025, la Primera Sala de la SCJN resolvió el Amparo Directo 16/2024, donde se discutía si un delito de abuso sexual equiparado cometido contra una menor podía ser perseguido años después. El agresor argumentaba prescripción, pero la Corte determinó que, conforme al artículo 106 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, estos delitos son imprescriptibles.
La Corte señaló que la imprescriptibilidad garantiza el derecho de acceso a la justicia y que esta medida no vulnera el principio de legalidad ni la presunción de inocencia, pues el juicio debe seguir todas las formalidades del debido proceso.
Implicaciones para víctimas y agresores
Las víctimas ya no están limitadas por el tiempo para buscar justicia. Denuncias históricas que antes eran desechadas por prescripción ahora pueden ser investigadas ante la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí.
Los agresores ya no pueden escudarse en el paso del tiempo para evitar la responsabilidad penal, especialmente en contextos donde el agresor es un familiar cercano o una figura de autoridad.
Este criterio obliga a las autoridades judiciales a revisar sus protocolos de atención a víctimas, preparándose para recibir denuncias de hechos ocurridos hace muchos años, lo que implica desafíos probatorios, psicológicos y sociales.
El papel de la defensa legal especializada
Los casos de abuso sexual infantil requieren atención especializada tanto en el ámbito penal como en el familiar:
- En materia penal: representación ante el Ministerio Público, formulación de denuncias sólidas, acompañamiento durante todo el proceso ante el Juzgado de Distrito en Materia Penal o el Tribunal Superior de Justicia del Estado.
- En materia familiar: solicitud de medidas de protección, pérdida de la patria potestad del agresor, modificación de custodia y reparación del daño.
Violencia familiar y delitos sexuales: una realidad interconectada
Padres, padrastros, tíos, abuelos o parejas sentimentales de la madre son, en muchos casos, los agresores. Cuando el agresor forma parte del entorno familiar, la víctima enfrenta barreras adicionales: miedo a no ser creída, temor a represalias, dependencia económica o manipulación emocional.
Es fundamental que el sistema legal y los profesionales del derecho actúen con sensibilidad, rapidez y firmeza en estos casos.
Preguntas frecuentes
¿Pueden denunciar los adultos que fueron abusados siendo menores?
Sí. La SCJN determinó que los delitos sexuales contra menores son imprescriptibles, por lo que se puede denunciar en cualquier momento, sin importar cuántos años hayan transcurrido.
¿Qué pruebas se necesitan si el abuso ocurrió hace muchos años?
El Ministerio Público debe investigar con los elementos disponibles: testimonios, peritajes psicológicos, dictámenes de victimología y cualquier evidencia que pueda obtenerse. La falta de evidencia física no impide la investigación.
¿Se puede perder la patria potestad del agresor?
Sí. En el ámbito del derecho familiar, se puede solicitar la pérdida de la patria potestad como medida de protección para el menor, conforme al Código Familiar del Estado de San Luis Potosí.
¿Qué protección existe durante el proceso judicial?
La víctima tiene derecho a medidas de protección inmediatas, atención psicológica especializada y asesoría jurídica confidencial durante todo el procedimiento.